Existe una larga tradición de glosas numeradas de los mandamientos en relación con el amor. Se trata de un canto de ronda y de galanteo amoroso del que conocemos numerosas versiones, tanto orales y en menor medida impresas, no solo de la península, sino también de Iberoamérica. Son composiciones a modo de «contrafactum» profano de la ortodoxia católica siendo conocidos desde la Edad Media, mediante glosas, y también en los siglos XVI y XVII, llamados de Oro hasta nuestros días.
En esta primera entrada ofrezco un pequeño recorrido sobre las variedades y analogías transmitidas de forma oral y su correlación con las impresas en pliegos de cordel.
Para comenzar, reproduzco varios pliegos de los mandamientos de amor, editados en distintas localidades donde se desarrollan los mandamientos de amor glosados. Tras ello, señalaré algunos antecedentes literarios dejando para una siguiente entrada el interesante caso donde la glosa de los mandamientos son desarrollados por boca de una mujer ante un confesor y cuya noticia se encuentra recogida en el siglo XVII formando parte de un método para tañer la guitarra confeccionado por Luis Briceño, editado en París en 1626, y recogido también posteriormente en pliegos y en algún que otro caso como canción sintética en la tradición oral moderna, como veremos en su momento.
Los editados por Marés en Madrid en 1844, y el de la Imprenta El Abanico, en Reus, se ajustan más al prototipo de las numerosas muestras orales recogidas al margen de analogías y variantes.
Para comenzar, reproduzco varios pliegos de los mandamientos de amor, editados en distintas localidades donde se desarrollan los mandamientos de amor glosados. Tras ello, señalaré algunos antecedentes literarios dejando para una siguiente entrada el interesante caso donde la glosa de los mandamientos son desarrollados por boca de una mujer ante un confesor y cuya noticia se encuentra recogida en el siglo XVII formando parte de un método para tañer la guitarra confeccionado por Luis Briceño, editado en París en 1626, y recogido también posteriormente en pliegos y en algún que otro caso como canción sintética en la tradición oral moderna, como veremos en su momento.
Los editados por Marés en Madrid en 1844, y el de la Imprenta El Abanico, en Reus, se ajustan más al prototipo de las numerosas muestras orales recogidas al margen de analogías y variantes.
Extracto del pliego con el mismo tema glosado de los diez mandamientos, pero en este caso en forma de seguidillas y editado en Madrid en 1856 por Marés.
También editado por Marés, estos mandamientos de amor con el que daba fin el pliego titulado «Trovos nuevos, divertidos y amorosos para cantar los galanes a sus queridas».
Añado un pliego del siglo XVIII, editado en Barcelona por la imprenta de Juan Jolis, con diferencias significativas respecto al modelo habitual de los recogidos oralmente.
Algunos antecedentes literarios
También editado por Marés, estos mandamientos de amor con el que daba fin el pliego titulado «Trovos nuevos, divertidos y amorosos para cantar los galanes a sus queridas».
Añado un pliego del siglo XVIII, editado en Barcelona por la imprenta de Juan Jolis, con diferencias significativas respecto al modelo habitual de los recogidos oralmente.
Algunos antecedentes literarios
Un antecedente literario sobre los mandamientos glosados lo encontramos en Juan Rodríguez de Padrón (1390-1450), más conocido por su obra Siervo libre de amor, germen y ejemplo de novela sentimental. En su obra poética dispersa nos encontramos con su visión de los Diez Mandamientos de amor. Partiendo del referente de los Diez Mandamientos de la Ley de Dios, desarrolla de forma simbólica el recto camino hacia la unidad representada por el número diez.
Es claro ejemplo del llamado amor cortés, donde la mujer goza de una posición preponderante e idealizada, cual cúmulo de perfecciones, frente a la posición sumisa y contemplativa del hombre enamorado. Los dos primeros mandamientos son como siguen:
El primer mandamiento,
El primer mandamiento,
si miráis cómo dirá,
¡quanto bien que vos será
de mi poco sentimiento!
En tal lugar amarás
do conoscas ser amado;
no serás menospreciado
de aquella que servirás.
Mirad que me contesció
por seguir la voluntad,
ofrecí mi libertad
a quien la menospreció.
El tiempo que la serví
hasta aver conocimiento
de mi triste perdimiento,
entiendo que lo perdí.
Al segundo luego vengo;
guardadlo como conviene,
que por éste sostiene
lealtad, la qual mantengo.
Serás constante en amar
la señora que sirvieres;
mientras que la mantuvieres,
ella no te debe errar.
Quien gualardón quiere aver
del servicio que hiziere (s),
a la señora que sirviere
muy leal tiene de ser
pues lealtad vos hará
venir al fin desseado.
Quien amare siendo amado
con razón lo guardará. [...]
Otro antecedente literario se encuentras en el Rimado de palacio (entre 1378-1403), del Canciller Pedro López de Ayala, donde glosa los diez mandamientos y se acusa de no haberlos respetado como debía, aunque alejado temáticamente de los referidos al amor.
Más interesante es la analogía con una de las composiciones escritas por Fray Melchor de la Serna. Como señala José Manuel Pedrosa en su espléndido estudio Los mandamientos de amor y Los sacramentos de amor: lírica a lo divino e inversiones profanas (de la Edad Media a la tradición oral moderna), Revista de Folklore, nº 328 (2008). Escribe Pedrosa:
Bastante más cercanos a la forma, al fondo, al estilo, de Los mandamientos de amor que han dejado oír sus sones en la tradición moderna es una anónima Comfesión de amor que figura anotada dentro de una muy nutrida y miscelánea colección manuscrita de poemas (bastantes de ellos eróticos y atribuidos o atribuibles a ese asombrosísimo personaje que fue Fray Melchor de la Serna) que ha sido fechada entre 1587 y 1590. Se trata de una serie de estrofas que está encabezada por una cuarteta cuyos dos últimos versos son glosados por cada una de las octavillas que le siguen:
Comfiésome a vos, señora,
con humilde fe de amor,deçid vos: Io, causadora,
y diré: Io, pecador.
Nuebos arrepentimientos
a mi alma an benido
de obras y de pensamientos
i de quánto os é ofendido.
Siguiendo los Mandamientos
me acuso delante Amor,
decid vos: [Io, causadora, y diré:
Io, pecador].
El primero que es amar,
comfieso que os é amado
i para no os oluidar
de mí mesmo me é oluidado.
Si amaros mucho es pecado,
io lo confieso al amar
decid vos: [Io, causadora,
y diré: Io, pecador].
Más cercanos en el tiempo resulta significativa la relación con los mandamientos de amor recogidos oralmente con el contenido del Cancionero de coplas de Francisco de Velasco, de finales del siglo XVI. Estos mandamientos glosados han pervivido de forma sorprendente hasta nuestros días en la tradición oral lebaniega de Cantabria, según ha estudiado y documentado también José Manuel Pedrosa en Un aguinaldo de Los mandamientos divinos tradicional en Liébana (Cantabria) y unas Coplas del Nacimiento (1604) de Francisco de Velasco, en Criticón, 71, 1997, pp. 53-64. En dicho trabajo publica y relaciona el antiguo villancico de Velasco con el recogido oralmente en la aldea lebaniega de Bárago en 1989, tras más de cuatro siglos de pervivencia. El comienzo del texto de Velasco es como sigue:
Guardame mis ma[n]damientos
buen Christiano por tu fe
si mis mandamie[n]tos guardas
yo la gloria te dare.
El primero es que me quieras
con amor muy verdadero
y estes firme y muy entero
en mi fe hasta que mueras
y tu veras quan de veras
te lo galardonare
si mis ma[n]damientos guardas
yo la gloria te dare.
El segundo es que mi nombre
no jures contra verdad
que es blasphemar mi bondad
por satisfazer al hombre
y ningún temor te assombre
que yo te defenderé
si mis ma[n]damientos guardas
yo la gloria te dare. [...]
buen Christiano por tu fe
si mis mandamie[n]tos guardas
yo la gloria te dare.
El primero es que me quieras
con amor muy verdadero
y estes firme y muy entero
en mi fe hasta que mueras
y tu veras quan de veras
te lo galardonare
si mis ma[n]damientos guardas
yo la gloria te dare.
El segundo es que mi nombre
no jures contra verdad
que es blasphemar mi bondad
por satisfazer al hombre
y ningún temor te assombre
que yo te defenderé
si mis ma[n]damientos guardas
yo la gloria te dare. [...]
El éxito de la utilización enumerativa de los mandamientos para cortejar a la amada traspasaron los límites de la moralidad en la sociedad novohispana, ya que fueron censurados y perseguidos por la Inquisición en el siglo XVIII en Nueva España, pues en el México de aquel siglo y formando parte de la herencia musical española, la investigadora María Águeda Méndez nos ofrece suculentas noticias sobre su persecución (Los «Mandamientos de Amor» en la Inquisición novohispana, en Cahiers du Monde Hispanique et Luso-Brésilien. Caravelle (Université de Toulouse II-Le Mirail, Francia), 71 (1998, 9-21).
El resumen que ella misma hace de su trabajo resulta muy ilustrativo:
La tradición literaria oral de los españoles trajo a México en el siglo XVIII una sabrosísima forma de parodiar los textos sagrados: los llamados «Mandamientos de Amor», que el Santo Oficio hizo todo lo que pudo por reprimir. Dos versiones del Decálogo parodiado, la primera recogida en 1789 y la segunda en 1796, con un primer acercamiento analítico de estos textos tan mal conocidos.
La autora nos ofrece noticia de dos versiones parodiadas de los Diez Mandamientos en el siglo XVIII que fueron perseguidas por no ajustarse a la ortodoxia cristiana. Copio y selecciono la primera de las dos versiones que ofrece y que, aunque incompleta, nos proporciona información de interés:
Escucha dueño querido
de mi discurso el intento,
cómo por ti e quebrantado
todos los Diez Mandamientos.
El primero amar a Dios :
yo lo tengo ofendido,
pues no lo amo por amarte,
vien lo saves dueño mío.
El segundo no jurar:
yo e jurado atrevido
no volver a tu amistad,
y jamás cumplo lo d[ic]ho.
El tercero, yo señora
las fiestas no santifico,
porq[u]e todas las ocupo
en gosar de tus cariños.
El quarto honrrar padre y m[adr]e:
y yo con tal desatino,
por estar en tu amistad,
nunca les e ovedesido.
El quinto no matarás :
ya yo e quebrant[ad]o el quinto,
porq[u]e a selos matar quiero
a quantos ablan contigo.
El sesto, ya tú lo saves
la causa de andar perdido,
que es fuerza q[u]e en ocasiones
haga la carne su oficio.
El sétimo no hurtarás:
si me fuera permitido
hurtara setro y corona,
para ti, dueño querido.
Mil testimonios levanto
alevoso y fement[id]o,
pues pienzo q[u]e quanto[s] te ablan
solisitan tus cariños.
El noveno, no desear
la muger de otro marido,
y en este punto señora es donde
más siego vivo.
Acabo esta primera entrada reproduciendo un pliego impreso en Lérida por la imprenta de Corominas, sin año. El fundador de la saga fue Buenaventura Corominas (Oristà, 1763-Lleida, 1841). La actividad impresora la continuó su viuda, Teresa Terré (1841-1871) y posteriormente su hijo Lorenzo (1871-1890). Tas la conocida cuarteta asociada a cada mandamiento, incluye otras cuatro más con alambicada intención explicativa.
©Antonio Lorenzo
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