sábado, 30 de diciembre de 2017

Graciosos villancicos que cantan las colegialas de Loreto por Nochebuena

Giorgione (h. 1477-1510) - La adoración de los pastores
Este pliego recoge los villancicos que cantaban las colegialas de Loreto de esta corte en Nochebuena. Para contextualizar el impreso, creo de interés ofrecer algunas referencias sobre este Real Colegio según los datos entresacados, entre otros, de la Historia del Real Colegio de Nuestra Señora de Loreto, de José María Quesada Varela.

En un memorial conservado en el Archivo del Palacio Real, se nos informa de que el Colegio Real de Nuestra Señora de Loreto fue fundado por el rey Felipe II en el año 1581 destinado a la educación de las niñas pobres. Según su deseo expreso, el monarca: "mandó" comprar unas Casas en la Plazuela de Antón Martín de esta Corte, para la Fundación de un Recogimiento de Niñas.

Sobre los primeros años de andadura del Colegio, en el siglo XVI, apenas se conserva documentación. Fue en el siglo XVII cuando creció considerablemente en edificios, alumnado y aparato administrativo. Las primeras Constituciones del Real Colegio se publicaron en el año 1637, según se recoge en la documentación conservada en Archivo del Palacio Real fechada en 1738 en tiempos del reinado de Felipe V. Según estos documentos, la imagen de Nuestra Señora de Loreto se trajo a Madrid desde Roma por el franciscano fray Juan García de Jesús en 1587, y regalada por el rey al orfanato. La talla se hallaba hasta depositada entonces en el oratorio del papa Sixto Quinto, de quien tomó su advocación el colegio.


Según diferentes legajos conservados se anota en ellos que entre los años de 1671 y 1687 se conceden "tres Mercedes de vino y aceite, a favor del Colegio de Loreto, libre de derechos Reales y municipales, hechas por el Corregidor de Madrid a favor del Colegio de Loreto, por las que dio su permiso para que puedan entrar (en el colegio) 37 arrobas de vino y 20 de aceite".

También se recogen copias de documentos anteriores donde se indicaba el tipo de alumnas que podían ingresar en el colegio.
"No se admitirá Niña alguna en este Colegio, que tenga menos de diez, o de ocho años, ni mas de doze, porque demás hedad pueden ser de notable detrimento à las otras, y de menos servir de embarazo".
Se primaba en la admisión a las que "viven expuestas a mayores peligros, como son las huérfanas de Padre, y Madre y sin parientes honrados que puedan cuidar de ellas. Y en iguales circunstancias, deberán siempre ser preferidas las huérfanas, hijas de Ministros de mis Consejos de dentro, y fuera de la Corte: de Militares, y Criados de mi Real Casa..."

Quedaban prohibidas las lecturas de comedias o novelas, y se estimulaba el celo para que no entrara en el colegio ninguna de estas obras "licenciosas"; de tal modo, que la diversión quedaba constreñida al conocimiento de alguna canción y al uso de instrumentos musicales, siempre y cuando el texto o el tono de la cancioncilla no fuesen deshonestos o indecentes. Sin duda se prefería que aprendieran letras de temática religiosa. 

En 1868, tras el derrocamiento de Isabel II, en la "Gloriosa Revolución", se incautaron los bienes de la Corona, entre ellos los que pertenecían al Colegio de Loreto, reorganizándose su funcionamiento por Decreto de la República, con fecha 31 de julio de 1873 autorizado por Nicolás Salmerón.

Ante el deterioro del edificio original, de la calle de Atocha, se decide derribarlo, lo que sucedió entre 1882 y 1884, y edificar, en la actual calle O'Donnell (entonces extrarradio), un nuevo edificio para el colegio, inaugurándose, tras su lentísima construcción, en 1893.

Durante la guerra civil la imagen de la virgen de Loreto estuvo oculta en un piso para evitar su profanación al ser desalojadas las monjas del edificio.

En los años cuarenta del pasado siglo, la original talla de Nuestra Señora de Loreto, que se conservaba depositada en un colegio de la Congregación de Hijas de María de la Asunción por los acontecimientos ocasionados por la guerra civil, fue devuelta al Real Colegio de Loreto.

Detalle de la Virgen de Loreto, talla original de Giovanni Battista Montano (1534-1621)

Hoy en día es un colegio concertado que atiende alrededor de 800 alumnos.

Fachada del actual colegio concertado
La festividad de la Virgen de Loreto o Nuestra Señora de Loreto se celebra el 10 de diciembre, siendo patrona de las Fuerzas Aéreas españolas acogiéndose a la declaración del papa Benedicto XV, el año 1920, como patrona de todos los aeronautas.

El pliego está editado en Madrid, sin fecha, por la imprenta de Marés y Compañía. Tras su reproducción no me resisto a copiar el Título primero de las Constituciones del Real Colegio de Loreto del 15 de octubre de 1718.





Título Primero: de la edad y calidad que han de tener las Niñas Huérfanas que se reciben en el Real Colegio de Nuestra Señora de Loreto.
Constitución I: Primeramente ordenamos, y mandamos, que las niñas que fueren recibidas en el dicho Colegio hayan de ser de ocho años de edad, hasta doce; y si fueren más o menos, no podrán ser recibidas sin la dispensación especial nuestra y de nuestros sucesores en los oficios de Limosnero y Capellán Mayor, concurriendo para ello urgentes causas y conveniencias del aumento de la Casa y del servicio de Nuestro Señor.
 Constitución II: Ítem ordenamos y mandamos, que en primer lugar sean recibidas en el dicho Real Colegio las Niñas que fueran huérfanas de padre y de madre, y pobres de solemnidad, hijas de los criados de su Majestad, de su Real Familia y que sigan en el Real Casa y Corte, y de los soldados que le hubieren servido en la Guerra y de otros Ministros pertenecientes a su Real Servicio. En segundo lugar serán recibidas las que fueren naturales de esta Villa y Corte de su Majestad, y de todo este arzobispado de Toledo. Y en tercer lugar, cualquiera otras huérfanas pobres; con tal condición, que en defecto de estas calidades y circunstancias pueda el Capellán Mayor, que por tiempo fuera, dispensarlas, teniendo causas razonables para ello.
Constitución III: Ítem ordenamos, y mandamos, que en el dicho Real Colegio aya un número determinado de niñas, el cual sea treinta y tres, en reverencia a los treinta y tres años de la edad de Jesucristo; pero permitiremos que si la casa se hallare en tal estado, que pueda sustentar más, se podrá el número hasta el competente, reservándolo y cometiéndolo a la discreción y arbitrio del Capellán Mayor, que por tiempo fuere, para que consideradas las circunstancias de la necesidad y de la comodidad de la Casa, ordene lo que más conviniere al servicio de Dios, y aumento de ella.
Constitución IV: Ítem ordenamos y mandamos que las huérfanas que huvieren de ser recibidas en el dicho Colegio, lo sean por orden y mandamiento expresso nuestro, firmado de nuestra mano, ó del Capellán Mayor que por tiempo fuera, y no de otra manera.
Constitución V: Ítem mandamos, que el ávito que traxeren ordinariamente las dichas huérfanas sea azul, de que usaran siempre, y especialmente cuando salieren a comulgar, ó en público fuera de las clausura para pedir limosna, ó por alguna otra diligencia, que conduzca a su aumento, porque así corresponde a la pobreza y modestia del trage en todo a la que profesan.
Constitución VI: Ítem ordenamos y mandamos que qualquiera de las niñas que huviere de ser recibida en dicho Real Colegio, aya de llevar, y lleve su cama en que duerma; con tal condición, que si dentro de seis meses desde el día de la entrada, saliere de dicho Colegio, aya de quedar la dicha cama para la dicha Casa, y beneficio de ella; y lo mismo se ha de entender si muriere en dicho Real Colegio, en qualquier tiempo que sea; pero si fuere tan pobre, que no tenga cama, se le dará de limosna.
Constitución VII: Ítem ordenamos y mandamos, que cuando alguna de las dichas huérfanas saliere de dicho Colegio para acomodarse al servicio de alguna persona, aya de ser con pública Escritura, otorgada a favor de la dicha huérfana, en que se obligue a la dicha persona lo que pareciere justo, y aquello en que se conviniere con el Administrador del dicho Colegio para su remedio, de que dará cuenta de ello al Capellán Mayor que por tiempo fuere para que se execute con su beneplácito y sabiduría.
Constitución VIII: Ítem ordenamos y mandamos que el dicho Colegio haya un libro en donde el Administrador, en que se asienten las niñas, que se fueren reciviendo, con día año y mes y año, qué edad tienen, el nombre de su padre, qué oficio tuvieron y asimismo se asentará en dicho libro el día, mes y año en que saliere o se acomodare escribiendo el nombre del escribano ante quien se otorgó la escritura a favor de dicha huérfana.
©Antonio Lorenzo

domingo, 24 de diciembre de 2017

Villancicos que se cantan en Cádiz por Nochebuena

Tomás Muñoz Lucena (1860-1943) - Cantando villancicos

Los cantares navideños en Andalucía, y más concretamente en los pueblos de la provincia de Cádiz, se mantienen y gozan de un fuerte arraigo. Son muy conocidas las llamadas «zambombas», tal y como se conocen a las tradicionales reuniones familiares y de amigos en localidades como en Arcos o en Jerez de la Frontera, donde al villancico tradicional se le han ido acomodando formas y ritmos flamencos como la bulería o los tangos. Las costumbres festivas navideñas, especialmente de los jerezanos y junto a la integrada comunidad gitana, han perfilado y enriquecido estas originales muestras de religiosidad popular con un carácter propio que últimamente se quiere vender como «villancico flamenco», en lo que no ha sido sino la recreación y resignificación de antiguos cantares, coplas o romances tradicionales conservados por tradición oral.

Las fiestas navideñas por bulerías, a las que sin duda han contribuido las grabaciones discográficas con la incorporación de guitarras flamencas, zambombas, cañas rocieras, palmas, cajas y diálogos coreados, otorgan a estas manifestaciones escénicas de una peculiar forma de interpretar este acervo popular enriqueciéndolo melódica y rítmicamente. Hay que señalar, sin embargo, que estas representaciones aflamencadas del repertorio navideño bajoandaluz no dejan de ser, a la postre, un reclamo comercial exportable, un imaginario estético teatralizado por grupos más o menos profesionales y que ya poco tienen que ver con el ancestral repertorio tradicional que se desarrollaba en un espacio de socialización participativo.

La identificación de la zambomba de Jerez, en su reciente dimensión aflamencada, fue declarada por la propia Junta de Andalucía en el año 2015 como Bien de Interés Cultural (léase más bien comercial), al considerarse  como «una de las expresiones culturales navideñas de mayor interés etnológico de la comunidad autónoma». Ni qué decir tiene que  la comercialización de estas manifestaciones aflamencadas como reclamo turístico, acompañadas de la dulce repostería, de pestiños, botellas de anís  y vinos de la tierra, ha solapado al verdadero y ancestral villancico tradicional que, en forma de canciones, coplas o romances, se desarrollaba de forma espontánea y participativa entre amigos, familiares y vecinos en los patios de las antiguas corralas, y ajeno a su actual reinvención como "industria cultural" exportable, promovidas por las agencias de viaje o las propias instituciones como aliciente turístico y nuevas formas de negocio. Rastreando por internet, en este mismo año (2017) se pueden disfrutar en hermandades, peñas, bares, cofradías, etc. de Jerez, desde el 17 de noviembre en adelante,  de más de ¡¡250 zambombas!!

Para saber más y para tener una visión de conjunto del papel desempeñado por la zambomba, recomiendo el fundamental libro de José Manuel Fraile Gil: Tradición oral y zambomba, Ed. Lamiñarra, Pamplona, 2016.

El pliego que reproduzco, editado en 1856 en Madrid por la imprenta de J. María Marés, no recoge, obviamente, la forma de interpretar los villancicos que integra, pero sí recoge el texto del conocidísimo "Antes de las doce a Belén llegar", con estructura del viejo zéjel, recogido en innumerables ocasiones e interpretado, al llegar a su conocido estribillo, de forma comunitaria.




©Antonio Lorenzo

miércoles, 20 de diciembre de 2017

Villancicos en catalán y en castellano


No resulta extraño el que los pliegos de cordel editados en imprentas catalanas, y que contienen canciones o relaciones de diverso tipo, se editen en las dos lenguas. Es el caso de estos villancicos editados en Barcelona por la conocida imprenta de Llorens, de dilatada actividad impresora de impresos populares.

Añado, tras la reproducción del pliego, una lámina con motivos navideños para ser usada como "ventall" o abanico.






©Antonio Lorenzo

lunes, 18 de diciembre de 2017

Coplas nuevas en alabanza del nacimiento del hijo de Dios


Estas coplas nuevas en alabanza del nacimiento del hijo de Dios están impresas en el taller de José Padrino en el año de 1819. Parece ser que José Padrino se instaló como librero e impresor en la sevillana calle Génova hacia 1748. La actividad de esta imprenta se prolongó hasta al menos la primera mitad del siglo XIX conservando en los pies de imprenta el nombre de José Padrino. Obviamente, se trata de distintas generaciones que se fueron sucediendo durante muchos años, con ligeros cambios de nombre, como "herederos de José Padrino" y su vuelta al de "imprenta de Padrino", haciéndose cargo del taller María del Carmen Padrino a partir de 1821.



©Antonio Lorenzo

sábado, 16 de diciembre de 2017

Nuevos villancicos del Sagrado Nacimiento

Jacopo Comin "Tintoretto" (1519-1594) - La Natividad 
Muchos pliegos de cordel recogen escenas y coplas sobre el nacimiento de Jesús. En este caso, reproduzco uno de ellos, editado en Madrid, sin fecha, por la Imprenta Universal.





©Antonio Lorenzo

jueves, 14 de diciembre de 2017

Sobre el modo que tienen las currutacas para engañar a los hombres


Un ejemplo de las habilidades de las taimadas 'currutacas' y 'petimetras' para engañar a los hombres ingenuos y sacarles el dinero.

Sobre estos personajes pueden consultarse las ocho entradas que les dediqué en este mismo blog con el título:
"Pisaverdes, petimetres, lechuguinos, currutacos, gurruminos, linajudos, mariposones, gomosos..."
El pliego, cuyo escenario está situado en Madrid, está editado en Valencia en el año 1815 por la imprenta y librería de Manuel López. Manuel López y Gimeno aparece establecido como librero en Valencia desde al año 1808. Tras su fallecimiento en 1848 se hizo cargo de la imprenta su hija, doña Rosa López, quien la vendió poco después don José María Ayoldi. Estos datos están sacados del Diccionario de imprentas que han existido en Valencia desde la introducción del arte tipográfico hasta el año 1868, obra de José Enrique Serrano y Morales, Valencia, imprenta de F. Domenech, 1898-99, págs. 250 y ss.





©Antonio Lorenzo

viernes, 8 de diciembre de 2017

El pan barato, el vino bueno y la carne gorda


Este pliego recoge el animado diálogo entre don Blas, doña Sinforosa y don Criterio (supuestamente tres locos del hospital de Zaragoza), defendiendo respectivamente la bondad del pan, el vino y la carne en su relación con la vida.

                            "Hay locos que sabios son y no lo parecerán,
                             y hay cuerdos que estando locos, no se lo conocerán".

Al final del pliego reproducido aparece esta anotación:
Se advierte que es propiedad y que no hagan la locura de reimprimirlo, porque el autor lo ha hecho para aliviar el hambre de los ciegos y no le da la gana que se aprovechen los que tienen vista.
Tras el fallecimiento del rey Fernando VII (1833), las nuevas disposiciones legales sobre la libertad de imprenta enlazan con las Hermandades de ciegos, tanto en Madrid como en otras ciudades, como en Zaragoza y Barcelona. Estas cofradías se encargaban de asegurarse el control y difusión, a modo de monopolio, de la venta y distribución de estos impresos populares. Bien es cierto que dicho control muchas veces se saltaban por los ciegos que no pertenecían a la cofradía, dando lugar a disposiciones municipales acompañadas de multas que raramente se ejecutaban. La dificultad de ejercer dichas disposiciones viene dada por la propia naturaleza híbrida o transversal de los pliegos de cordel, lo que dificultaba grandemente el impedir su venta y cumplir la reglamentación oficial.

Más allá de la advertencia de que no se reimprimieran o reeditaran de nuevo estos impresos sin las debidas licencias, se procuraba que no figurase en muchas ocasiones el nombre del autor o la fecha de edición y la imprenta correspondiente, lo que favorecía la venta ambulante de este tipo de impresos populares.

Tal fue la importancia adquirida y el control que ejercían estas Cofradías de ciegos, que en un escrito fechado en Madrid el 3 de diciembre de 1683, citado por Cristobal Espejo en su trabajo Pleito entre ciegos e impresores (1680-1755), [Revista de la Biblioteca Archivo y Museo, Ayuntamiento de Madrid, abril, 1925, Nº VI], donde anota:
"...la corruptela de los ciegos para apropiarse lo ajeno, es que cuando el impresor no beneficia por sí o no puede hacerlo, «dos o tres ciegos que se llaman magnates o autores los atraviesan en las imprentas y los toman por su cuenta, suponiendo que es suyo el original de donde se copió, y lo llevan a resmas a una taberna de la zapatería de viejo donde se juntan, y llevándolo a 12 o 15 quartos cada mano, y esso fiado y que muchas veces no pagan, y allí lo reparten a dinero de contado a los demás ciegos a precio cada mano de 25 quartos, percibiendo los tales llamados autores un logro tan crecido de sus mismos compañeros, sin la granjería que adquieren en los papeles que reservan para sí y venden por sí mismos, siendo en tanto grado que si algún impresor les quiere dar algún papel que le vendan, no lo quieren recibir si en el papel se pone nombre de autor y casa y calle de impresor, obligándole a perder el papel, trabajo y costa, porque dicen que ellos no venden papel que no mandan imprimir, solo con mira de que ni los vecinos ni forasteros gozen del beneficio que hallan en las imprentas, sin que ningún impresor se atreva a dar papel alguno para fuera de Madrid ni dentro de ella, por los alborotos y descomposturas que han hecho las partes contrarias y las veces que lo han entendido o sabido..."
El pliego está editado en Barcelona por la imprenta de J. Pont y Campins en el año 1847.

Esta misma imprenta editó el mismo año una Guía de Barcelona donde se «contiene cuanto puede ser útil a los forasteros y habitantes».







©Antonio Lorenzo